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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305953
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1649
AMPARO PENAL (SUPLENCIA DE LA QUEJA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1649
No cabe la suplencia de la queja cuando se trata de un amparo penal, contra una resolución que no constituye una sentencia definitiva.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5201/49. Serrano Martínez Lucas y coag. 21 de noviembre de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente y relator: Luis G. Corona.