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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305982
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 2067
PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 2067
Para que exista la premeditación, es necesario que se verifiquen dos elementos inseparables: a) un período de tiempo más o menos largo entre la resolución de cometer el delito y el momento de ejecutarlo, y b) que durante ese lapso, el agente haya meditado con toda reflexión y deliberado su propósito de cometer el hecho delictuoso que se hubiera propuesto.
Precedentes
Amparo penal directo 6459/49. Robles Dávila David. 9 de diciembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.