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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 95
SUSPENSION CONTRA LA EJECUCION DE UNA SENTENCIA, EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 95
Si la sentencia reclamada en el amparo, condenó al quejoso a la desocupación del local que tenía en arrendamiento y para ello le concedió determinado término, y el agraviado obtuvo la suspensión de dicha sentencia mediante fianza, debe estimarse que tal suspensión interrumpió el término que se le otorgó para la desocupación, de manera que si el tercer perjudicado otorgó contrafianza para ejecutar la sentencia, la autoridad no pudo ordenar la desocupación antes del transcurso del indicado término, que quedó interrumpido durante todo el tiempo en que surtió efectos la suspensión concedida.
Precedentes
Queja en amparo civil 221/44. Fourlong de Barreda Zenaida. 2 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.