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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 556
DETENCION, CUANDO NO ES ACTO CONSUMADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 556
Si aparece que el quejoso que reclama en amparo su ilegal detención, fue puesto en libertad caucional, es evidente que no han cesado los efectos del acto reclamado, puesto que las propias autoridades responsables podrán detenerlo nuevamente, para que cumpla los días de detención que le fueron impuestos, por lo cual es inconducente sobreseer en el juicio de amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4271/44. Yaca Rodrigo. 6 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.