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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306028
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 625
REVOCACION, ABSTENCION DE PROVEER SOBRE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 625
Si la autoridad responsable se abstiene de proveer sobre la revocación interpuesta, la suspensión no puede tener efecto de ordenarle al Juez que dé curso a la solicitud del interesado, proveyendo la revocación, y en esa virtud, el acto es típicamente negativo, sin efectos positivos, que directamente emanen del mismo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6411/44. Pliego Lorenzo. 7 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.