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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 657
INFORME JUSTIFICADO REMITIDO POR CORREO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 657
Si se demuestra que la autoridad responsable depositó oportunamente su informe justificado en la oficina de correos, la circunstancia de que no hubiere llegado a su destino, no puede serle imputada como una omisión, ni puede dar lugar a la sanción que establece el artículo 149 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5974/44. Pineda Aurelio y coagraviados. 9 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.