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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 952
AVERIGUACIONES PENALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 952
Basta la consignación, para que el Juez esté en posibilidad de mandar practicar todas aquellas diligencias que tiendan a comprobar el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad, sin que por ello se vulnere el artículo 21 de la Carta Fundamental.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2298/44. Mondragón Carlos, Jr. 11 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.