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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1588
VIOLACION, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1588
Si el quejoso confesó haber ejecutado el hecho antijurídico que se le imputa, pero explicó que lo hizo a solicitud de la víctima; esta explicación no es de tomarse en consideración, si aparece fehacientemente demostrado en autos, que la víctima fue una pequeña niña que apenas si entra al uso de la razón, y no podía persuadir con insistencia al quejoso, a actos tan graves.
Precedentes
Amparo penal directo 3641/44. Valtierra Ramón. 19 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.