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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2218
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2218
Si no se demuestra con prueba plena, quién fue el agresor o el agredido, y los testigos no lo precisan y el acusado dice no recordarlo, se debe estar a lo que más favorezca al acusado, para el efecto de fijar la responsabilidad criminal del acusado, debiendo considerar a éste como agredido en la riña.
Precedentes
Amparo penal directo 985/44. Sánchez Jesús, Jr. 27 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.