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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306132
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2541
AUTORIDADES EJECUTORAS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2541
Si no se pidió amparo contra la autoridad ordenadora, es incuestionable que se consintieron sus actos y como los de las autoridades ejecutoras no son sino consecuencia de aquéllos, cabe sobreseer en el juicio de amparo con fundamento en la fracción III del artículo 74 de la ley reglamentaria.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2613/43. Berges Gustavo y coagraviado. 3 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.