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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2634
REVISION PROCEDENTE, AUNQUE NO SE EXPRESEN AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2634
Cuando se afecta el interés público con la ejecución del acto reclamado, aun sin expresión de agravios, puede revisarse la resolución que se impugna, porque ésta se refiera a una orden de aprehensión, pero si la autoridad responsable negó el acto y el quejoso no lo probó, no hay materia para la suspensión.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 3465/40. Tapia Vicente. 4 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.