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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306146
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3141
CONCEPTOS DE VIOLACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3141
Los conceptos de violación resultan infundados, aunque sean ciertas las circunstancias que en ellos se expresan, si no se preparó la interposición del amparo en forma que establece el artículo 161 de la ley de la materia, ni se pidió la reparación de la violación ante la autoridad que conoció del juicio ni se hicieron valer como agravios al intervenir el recurso de alzada.
Precedentes
Amparo penal directo 6281/44. Pérez Elpidio. 14 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.