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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3148
CORRUPCION DE MENORES, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3148
La corrupción de menores se caracteriza no sólo por despertar el deseo erótico, sino por la práctica de actos sexuales que prostituyan al menor, llevándolo a la repetición de ellos, no para la mera satisfacción orgánica de la función, sino en demanda de un lucro o para satisfacer deseos torpes ajenos, que constituyan un verdadero comercio carnal, procurado o facilitado por el corruptor. Ahora bien, faltando estas circunstancias en la venta y distribución de tarjetas obscenas, realizadas por el acusado, es incuestionable que no existen los elementos de la infracción y no está comprobado el cuerpo del delito de corrupción de menores por ese concepto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6229/44. Quiroz Soto Aurelio. 14 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.