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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3307
LENOCINIO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3307
La responsabilidad que por el delito de lenocinio se atribuye a una persona, no puede derivarse de la sola circunstancia de que sus inquilinas o huéspedes, introdujeron hombres a sus habitaciones, ya que este antecedente no basta para tener por comprendido el caso dentro de las disposiciones del artículo 207 del Código Penal, dado que es un simple indicio, insuficiente para llegar a la conclusión de que dicha persona es penalmente responsable de dicho delito.
Precedentes
Amparo penal directo 6766/44. Torre Velázquez María de la. 16 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.