Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/306165
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306165
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3317
PRUEBA, TERMINO PARA LA PRESENTACION DE LA, EN LOS PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3317
La circunstancia de que dentro del término constitucional para dictar el auto de formal prisión, no se desahoguen todas las pruebas ofrecidas, no implica que se prive al acusado de defensa, puesto que las mismas pueden evacuarse con posterioridad y promover en su defensa lo conducente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3417/44. Varillas Pineda Trinidad. 16 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.