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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3328
PARTE CIVIL EN EL PROCESO PENAL, CALIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3328
Consistiendo la calidad de parte civil en un proceso penal, en un acto autónomo que contiene la declaración formal de querer actuar como parte en el proceso, la misma no puede sustituirse con cualquiera manifestación análoga de voluntad, aun cuando esté comprobado en autos. La ausencia de tal formalidad implica que el recurrente carece de personalidad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 693/43. Vizcarra Gabino. 16 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.