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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3332
SENTENCIAS PENALES, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3332
La ejecución por parte del Ejecutivo, en los términos de las disposiciones relativas de la ley procesal penal, de una sentencia que causó estado, por no haberse recurrido en forma alguna, no puede constituir violación de garantías en perjuicio del reo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1749/44. López Gordillo Clemente. 16 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.