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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3444
LENOCINIO, DELITO DE (HOTELES, REGENTES DE LOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3444
El artículo 207, reformado, del Código Penal vigente en el Distrito Federal, en su fracción III, exige como elemento esencial del delito de lenocinio el que se administre un lugar de concurrencia, expresamente destinado a explotar la prostitución, lo que implica que el administrador del mismo, obtenga beneficios precisamente del acto carnal mismo y no por otro concepto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6657/44. González Rosales Apolonia y coagraviados. 17 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.