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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3626
SERVICIO MILITAR, ELUDIMIENTO DE LA LEY DEL (DETENCION INDEBIDA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3626
De los artículos 50 y 51 de la Ley del Servicio Militar, resulta que cuando se estime que un joven en edad militar, trata de eludir la ley, se hará la consignación respectiva a las autoridades judiciales federales, ante quienes se presentarán las pruebas, descargos, etcétera; pero en manera alguna la ley no faculta, ni podría facultar a las autoridades militares para detener a los jóvenes en edad militar y ponerlos a disposición de alguna dependencia del mismo orden.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4932/44. Rodríguez Padrón Daniel y coagraviado. 22 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.