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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4042
DELITOS DEL ORDEN FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4042
Basta que existan datos suficientes para suponer que se trata de un delito del orden federal, para que deba radicarse la competencia en el Juez Federal correspondiente.
Precedentes
Competencia 58/42. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Tabasco y Mixto de Primera Instancia de Comalcalco, del mismo Estado. 27 de noviembre de 1944. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XVII, página 559, tesis de rubro "DELITOS DEL ORDEN FEDERAL.".