Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/306264
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306264
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4274
PRUEBA DOCUMENTAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4274
Si el quejoso sostiene como agravios que no se le recibió la prueba instrumental que ofreció oportunamente, estos agravios son inadmisibles, si el quejoso tuvo tiempo suficiente para recabar los documentos que trataba de ofrecer como prueba documental, desde el momento en que la audiencia de derecho se difirió en distintas ocasiones a petición suya sin que llegara a exhibir como prueba los documentos que hubiere estimado procedentes.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7485/44. Gallardo Escoto Roberto. 30 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.