Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/306332
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 895
TRAICION, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 895
Si de autos aparece plenamente acreditado que el quejoso, al ejecutar el crimen, violó la fe o seguridad que tácitamente debía inspirar en su víctima, por sus relaciones de antiguo trabajador a su servicio, es indudable que en el caso existió el empleo de la traición.
Precedentes
Amparo penal directo 3212/41. Solís Huerta Tomás. 13 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.