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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306338
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1029
VENTAJA (LEGISLACION DE TABASCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1029
Según el apartado tercero del artículo 336 del Código Penal del Estado de Tabasco, la ventaja consiste: en la superioridad en fuerzas físicas; en la de las armas empleadas; en la mayor destreza en el manejo de éstas; en el número de los agresores; o cuando el agente se vale de algún medio que debilite la defensa de su adversario, o hiera a éste cuando se halle inerme o caído.
Precedentes
Amparo penal directo 1458/44. González Hernández Fermín. 14 de julio de 1944. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Angeles. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.