Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/306339
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1030
VENTAJA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1030
Respecto de esta calificativa, la doctrina no es uniforme y la Suprema Corte ha aceptado que existe únicamente cuando el infractor no corre riesgo alguno de ser muerto o herido por el ofendido; que además, conozca perfectamente esa situación favorable para él y que su intención manifiesta y comprobada haya sido la de aprovechar esa circunstancia.
Precedentes
Amparo penal directo 1458/44. González Hernández Fermín. 14 de julio de 1944. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Angeles. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.