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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306368
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1793
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1793
Aunque se hayan dictado varios autos de formal prisión contra el acusado, esto no basta para dejar de considerarlo como delincuente primario, si no ha sido dictada en su contra sentencia condenatoria definitiva, que es lo que la ley requiere, y si se llenan los demás requisitos que la misma exige, debe otorgársele la condena condicional.
Precedentes
Amparo penal directo 28/44. Herrera Rodríguez José Dolores. 26 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre el ponente.