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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306401
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2554
VIOLACION, DECLARACION DE LA OFENDIDA, TRATANDOSE DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2554
La declaración de la ofendida, en la cual se imputa al acusado la comisión del delito de violación, constituye un elemento probatorio de especial importancia, pues es lógico pensar que la víctima en un delito de la naturaleza del indicado, demuestre especial interés en que se castigue a su verdadero ofensor, y no a persona diversa.
Precedentes
Amparo penal directo 3296/43. Avalos Gómez Fidel. 2 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.