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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2799
SUSPENSION, SUBSISTENCIA DE LA, CUANDO EXISTEN AMPAROS DIVERSOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2799
Conforme al párrafo sexto del artículo 52 de la Ley de Amparo, cuando se trata de un mismo asunto, únicamente se continuará el juicio promovido ante el Juez originariamente competente; por lo que sólo subsistirá el auto de suspensión dictado en el incidente relativo al mismo juicio y el Juez de Distrito declarado competente, sin acumular los expedientes, sobreseerá en el otro juicio, quedando en consecuencia sin efecto alguno el auto de suspensión dictado por el Juez incompetente.
Precedentes
Queja en amparo civil 575/41. España Orozco Loreto, sucesión de. 5 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.