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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306445
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3701
DESERCION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3701
Si el acusado de éste delito aparece que solicitó permiso de sus superiores para salir del cuartel donde estaba alojado y que por no conocer la ciudad volvió al cuartel cuando sus compañeros ya habían salido para el lugar de origen y que a la mañana siguiente se presentó a la Secretaria de la Defensa Nacional manifestando lo acontecido, y dicha secretaría, ordenó que fuese agregado a una fajina que debía salir con determinado destino, es claro que el quejoso no incurrió en el delito de deserción, pues de ser así, la superioridad no hubiera dado las órdenes de incorporación sino más bien las detenciones y consignación correspondientes.
Precedentes
Amparo penal directo 9293/43. Hernández Rafael Santiago. 18 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.