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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3779
FIANZA EN EL AMPARO PENAL, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3779
Si el quejoso alega que la fianza que se le fijó en el amparo es excesiva y no rindió pruebas al respecto, como los Jueces de Distrito están facultados para fijar discrecionalmente esas medidas de seguridad, no puede revocarse la resolución impugnada.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 3017/44. Bello Martell o Marteli Flavio. 19 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.