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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4027
INFORME CON JUSTIFICACION, FALTA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4027
La falta del informe hace presumir que son ciertos los actos que se reclaman, pero quedan a cargo del quejoso en el amparo la prueba de los hechos que determinan su inconstitucionalidad cuando dicho acto no sea violatorio de garantías en sí mismo, sino que dependa de los motivos, datos o pruebas en que se hayan fundado el propio actor, y si no rinde tales pruebas, el acto debe tenerse como constitucional y no violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3588/44. Gómez Burguete Rafael. 23 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.