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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306486
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4431
TRANSITO, INFRACCIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4431
Si un policía hace constar que recogió su licencia a un automovilista, por manejar en estado de ebriedad, el volante relativo tiene el valor de un testimonio imparcial, por no haber motivo ni razón para suponer que ha mentido; por otra parte, tratándose de sancionar una infracción al Reglamento de Tránsito, no sería posible ni conveniente exigir una prueba plena, pues a ese respecto no cabe aplicar las normas jurídicas que establece la ley en relación con los delitos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6413/37. Ruiz Cabañas Fernando. 28 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.