Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/306613
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306613
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 346
AMPARO SIN MATERIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 346
Si el acto reclamado es inexistente en la fecha en que se pidió el amparo, es indudable que dicho acto no puede dar lugar al propio recurso constitucional, aun cuando con posterioridad haya tenido realización el mismo acto, puesto que no es posible que exista el juicio constitucional con antelación al acto que le da materia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1626/43. Gómez Díaz Manuel. 10 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.