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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 355
AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 355
Si el inferior deja de considerar uno de los actos reclamados, esta circunstancia hace procedente la revocación del auto de improcedencia recurrido, para el efecto de que el Juez a quo, fije día para la audiencia en el amparo de que se trata, y previa su celebración, dicte la resolución procedente.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de improcedencia 9952/43. Hernández Juan Bartolo. 10 de abril de 1944. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.