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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306619
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 538
ABUSO DE AUTORIDAD, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 538
El delito de abuso de autoridad, según el Código Penal del Estado de Oaxaca, sólo puede cometerse por quien sea funcionario público, agente del gobierno o comisionado, sea cual fuere su categoría; por lo que si no aparece acreditado, ni remotamente, que el quejoso desempeño alguna de esas funciones públicas, no es posible legalmente que haya cometido dicha infracción penal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 779/44. Bustillo Manuel. 13 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.