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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306631
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 714
ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 714
Tratándose del abuso de confianza, el cuerpo del delito no tiene una comprobación especial señalada por el Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; la justificación de los elementos materiales de este delito, tendrá que lograrse mediante la comprobación de los elementos o actos que constituyen la comisión del mismo, si no existe la confesión del acusado, y si unas letras de cambio fueron endosadas por valor recibido, las declaraciones de testigos para sostener que el endoso fue en cobro y que el endosante firmó los endosos en blanco, no tiene valor, si los testigos son personas ligadas al querellante, por razones de afecto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 457/44. Giordani González Miguel L. 17 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.