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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 721
SERVICIO MILITAR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 721
El artículo 47 de la Ley del Servicio Militar establece: "Las resoluciones que se dicten con motivo de la aplicación y cumplimiento de esta ley, por las Juntas Municipales de Reclutamiento y por las Oficinas del Sector, podrán ser recurridas ante las Oficinas de Reclutamiento de Zona y las de ésta ante la Oficina Central de Reclutamiento"; existiendo por tanto un recurso contra la orden que manda incorporar a un individuo al ejército, si no se agota éste, el amparo relativo debe ser sobreseído.
Precedentes
Amparo penal en revisión 647/44. Regino Miguel Fernando. 17 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.