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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306644
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 941
DEFENSORES, FRAUDE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 941
Si el nombramiento de defensor se hizo en atención a que éste aseguró que, mediante la entrega de determinada suma, obtendría la libertad de los detenidos en un plazo, perentorio, y el engaño que tal afirmación constituye, hizo que se le entregara anticipadamente la suma requerida, tal engaño llena los requisitos necesarios para la existencia del delito de fraude, sin que sea de tomarse en cuenta la alegación del defensor, de que los actos que ejecutó deben de serle retribuidos, porque esto es materia distinta de la obtención del lucro ilícito y doloso, ya que no podía comprometerse a algo que no estaba dentro de su voluntad, sino que dependía de las autoridades judiciales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1098/43. Vega Jorge Francisco. 20 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.