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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306654
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1182
EXHORTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1182
Si en el exhorto dirigido por el Juez requeriente se inserta la copia del mandamiento dictado por dicho juez, en el que se funda y motiva la causa legal del procedimiento, así como las constancias necesarias, de las que se infiere la comisión de los delitos que se atribuyen al acusado, es indudable que con tales datos se llenan los requisitos establecidos por las fracciones III y IV del artículo 7o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 113 hoy 119 constitucional, y además debe tenerse por satisfecha también la fracción V de ese precepto, si en el mismo exhorto se insertan las disposiciones del Código Penal aplicable al caso, y por tanto, es infundada la negativa del Juez de Distrito requerido, para obsequiar el repetido exhorto, con el objeto de lograr la aprehensión del acusado.
Precedentes
Controversia 19/44. Suscitada entre el Juez Tercero de la Primera Corte Penal del Distrito Federal y el Juez Primero de Primera Instancia de Veracruz. 22 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXXII, página 4502.