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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2439
MENORES, PROTECCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2439
Si bien es verdad que los tribunales para menores tiene facultades para imponer las medidas necesarias encaminadas a proteger a dichos menores, cuando estos incurran en violaciones de carácter penal, y que el procedimiento señalado obliga a practicar investigaciones, éstas se hacen de acuerdo con las circunstancias del caso y sin formar sustanciación de un expediente de carácter penal, sino con el propósito de determinar la conducta, medios de vida anterior, edad, cultura personal y familiar, sentimientos y demás características del menor sujeto a estudio, sin descuidar el hecho que se le ha imputado y que ha sido motivo de su consignación; siendo facultad exclusiva de dichos tribunales, en vista del estudio de cada caso particular, señalar las medidas de protección que juzguen pertinentes sin estar obligados en forma alguna a depositarlos en el domicilio familiar y bajo el cuidado de sus padres, sobre todo, cuando justamente en estas condiciones se hayan cometido los hechos antisociales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 635/43. Sánchez Moreno Carmen. 10 de mayo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.