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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 476
EXCUSA POR GRATITUD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 476
Si un Juez o Magistrado Federales, hacen valer como causa de excusa, la gratitud que los une con quienes gestionan en favor del promovente, el caso está comprendido dentro de la fracción III del artículo 74 de La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y, por lo mismo, la excusa debe declararse legal.
Precedentes
Excusa 47/43. Magistrado del Tribunal del Quinto Circuito. 10 de enero de 1944. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LIX, página 2823. Tesis de rubro "EXCUSA FUNDADA EN AMISTAD CON PERSONAS QUE NO SON LOS INTERESADOS, SUS REPRESENTANTES, PATRONES O DEFENSORES."