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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306837
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 863
AUTORES INTELECTUALES DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 863
Si quedó demostrado que el acusado planeó el crimen en la forma en que se llevó a cabo, aun cuando se considere que por no haber intervenido en la ejecución no concurre la calificativa de ventaja, no por esto disminuye su responsabilidad, pues conforme al artículo 54 del Código Penal del Distrito Federal, las circunstancias modificativas o calificativas de la sanción penal, que tienen relación con el delito, aprovechan o perjudican a todos los que intervengan en cualquier grado en su comisión, y dicha regla es aplicable a los autores intelectuales.
Precedentes
Amparo penal directo 3422/43. González Martínez María Trinidad y coagraviado. 14 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte, Volumen 81, página 15. Tesis de rubro "CALIFICATIVAS O MODIFICATIVAS EN EL DELITO DE HOMICIDIO. AFECTAN A TODOS LOS PARTICIPANTES."