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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 930
AGRESOR, QUIEN TIENE EL CARACTER DE (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 930
Dentro de la nomenclatura adoptada por el código de San Luis Potosí, en que se reconocen todavía las calidades de agresor y agredido, es indudable que debe tenerse por el primero a aquel que inicia materialmente la contienda física, comenzando la reyerta en su aspecto material; por lo que basta la explícita confesión del reo en tal sentido, para tenerlo como agresor.
Precedentes
Amparo penal directo 8701/43. Rosa Macario de la. 17 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.