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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1336
DROGAS ENERVANTES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1336
El uso o suministro de drogas enervantes, constituye un delito contra la salud y no puede considerarse que ese delito esté en grado de tentativa, puesto que la posesión y suministro de la droga, configura dicho delito dentro del tipo de los consumados, ya que siendo el ánimo director, el suministro de la droga a terceras personas, no tiene influencia sobre los resultados del acto criminal, el hecho de que haya podido o no, ser usada la repetida droga, por el destinatario; tanto más, si aparece que el acusado varias veces trató de introducirla a un establecimiento penal, lográndolo en ocasiones anteriores.
Precedentes
Amparo penal directo 1061/43. Pérez Zúñiga Mercedes. 20 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.