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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2515
SUSPENSION MEDIANTE FIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2515
Si el demandante en un juicio, fue condenado en costas, y se absolvió al demandado, la suspensión contra la sentencia debe otorgarse mediante fianza, porque el demandado no podrá ejecutarla por lo que toca a las costas, hasta que se falle el amparo, siendo inconcuso que los daños que se ocasionan al tercero, deben ser garantizados para el caso de que se niegue la protección constitucional al agraviado.
Precedentes
Queja en amparo 737/43. Rubio Ortiz Fernando. 4 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.