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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306936
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3536
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3536
No puede sostenerse que el reo haya obrado en defensa legítima de su persona, por haber existido de por medio un ademán de la víctima, de llevarse la mano al bolsillo trasero del pantalón, sin mediar altercado grave entre ambos, pues no hay fundamento serio para suponer que el reo haya creído que la víctima trataba de agredirlo con alguna arma; y si bien es costumbre llevar la pistola en el bolsillo trasero del pantalón, también se acostumbra llevar en ese mismo lugar la cartera en que se guarda el dinero; por tanto, ese simple ademán, sin que apareciere arma alguna, de ninguna manera puede ser alegada por el reo como causa bastante para producir en el temor fundado de perder la vida.
Precedentes
Amparo penal directo 8238/43. Santoyo Antonio. 17 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.