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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 306963
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4172
COMPRA DE COSAS ROBADAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4172
La ley considera este acto como un delito autónomo, estimando como comprador habitual, al que efectúa dichas compras tres o más veces, y no basta que exista el antecedente de que el acusado haya adquirido en cuatro ocasiones o más, objetos robados por el mismo individuo que se los vendió, si hay pruebas de que ignoraba la procedencia de dichos objetos y que al conocerla, la última vez que los adquirió, inmediatamente se puso en comunicación con la probable víctima del robo, haciéndole entrega de esos objetos, e indicándole su procedencia, tanto más, si al proceder así no tuvo el propósito de obtener lucro ilegítimo, sino reintegrar al propietario los objetos que le había sido robados.
Precedentes
Amparo penal directo 9897/43. Fonseca Juárez Isidoro. 25 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.