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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5462
ADULTERIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5462
La simple declaración de los acusados, de que vivían en amasiato, no es bastante para tener por comprobado el elemento escándalo, en el adulterio, pues para esto, se necesita la prueba testimonial respectiva, tanto más si no está demostrado que los acusados hicieran pública ostentación de sus relaciones con afrenta del cónyuge inocente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9083/43. Nuricumbo Cristóbal y coagraviada. 15 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.