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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307021
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5886
ABANDONO DE FAMILIARES, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5886
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 336 del Código Penal vigente en el Distrito Federal y Territorios Federales, la configuración del delito de abandono de familiares a que el mismo se refiere, requiere el concurso de dos elementos: el abandono del cónyuge o de los hijos sin motivo justificado, y que el abandono se verifique a sabiendas de que el familiar carece de recursos para atender a sus necesidades de subsistencia; por lo que si en el caso se encuentran satisfechos ambos extremos, debe tenerse por configurada dicha infracción penal.
Precedentes
Amparo penal directo 9295/43. Zúndel Arnoldo. 22 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.