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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6092
AMPARO PENAL DIRECTO
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6092
Es procedente, de acuerdo con la fracción I, del artículo 258 de la Ley de Amparo, contra las sentencias definitivas dictadas por los Jueces comunes que no admiten recurso alguno.
Precedentes
Amparo penal directo 4466/43. Hernández Mariano. 24 de marzo de 1944. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Angeles. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.