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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2398
CAJEROS, RESPONSABILIDADES DE LOS, POR DESFALCOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2398
Si la revisión de cuentas abarca un período anterior a la fecha en que el procesado comenzó a servir el puesto de cajero, pero éste acepto el cargo de cajero sin salvedad alguna, contrajo la obligación de responder por las cantidades de dinero que estaban a su cargo.
Precedentes
Amparo penal directo 5342/43. Reyes Liñán Antonio. 3 de noviembre de 1943. Mayoría de tres votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.